Deducciones fiscales por tus donativos a la Fundación Moncloa
Ley 49/2002, de 23 de diciembre y Real Decreto-Ley 6/2023 de 10 de enero de 2024, de rƩgimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Personas fĆsicas (IRPF)
Deducciones en cuota Ćntegra LĆmite 10% de la base liquidable
Hasta 250 ⬠de donación
%
De los primeros 250 ⬠que dones te deduces 200 ā¬
Resto de donaciones (a partir de 250 ā¬)
%
A partir de los siguientes 250 ā¬
%
Cuando en el ejercicio y en los 2 anteriores se haya donado un importe igual o superior a la Fundación Moncloa
Personas jurĆdicas (IS)
Deducciones en cuota Ćntegra LĆmite 15% de la base imponible (si se excede el lĆmite se puede aplicar en los 10 ejercicios inmediatos y sucesivos)
%
%